LAS DENEGATORIAS DE LAS SOLICITUDES DE ASILO

El tema con las denegatorias de las solicitudes de Asilo, una vez que llegan al Despacho, es clarito y raspao. La gran mayoría de las solicitudes vienen con plomo en el ala, bien por su pobre justificación probatoria, bien por el alto grado de inventiva del paisano que lo planteó en la Policía Nacional: es por esto que rechazamos en un altísimo número la prestación de nuestros servicios para tales efectos.

Como ya es sabido, el 90% de los asilos son denegados sistemáticamente por la Oficina de Asilo y Refugio (OAR). Este organismo no es un ente improvisado, sino que conoce con exactitud todo lo que ocurre en Venezuela¸ sobre todo en las situaciones tan lamentables que se atraviesan en aquel país nuestros paisanos.

Es por eso que inventar un guión es la crónica de una muerta anunciada y ahí la inminente denegatoria. ¿Injusto? Quizás… La OAR entiende los venezolanos somos inmigrantes económicos, y no va ahondar en temas que consideran de crisis o hampa común.

Así, ¿qué pasa cuando se recibe la denegatoria de solicitud de asilo?

En primer lugar, se le devuelve a la persona su pasaporte, y la actuación se registra en ADEXTTRA, que es el sistema informático de Registro de Extranjeros. Además, éste está conectado a las bases de datos de la Seguridad Social, revocando la autorización de trabajo de inmediato. Luego, se debe entender que dicha denegatoria trae consigo pegadita una orden de salida obligatoria del territorio español,

¿Y ahora qué hago? La angustia no la podemos solventar de inmediato, la padecen todos. Es el momento donde tienes que buscar la asesoría seria y responsable de un abogado especialista en extranjería, sí o sí, ya que hay solo un mes, para  ejercer el Recurso potestativo de reposición o dos meses para ir directamente a los juzgados.

Y SÍ es necesario recurrir, ya que si no se hace, el acto queda firme y no podrá posteriormente, ejercerse ningún recurso. Esto trae como consecuencia inmediata la apertura de un expediente de expulsión preferente, también llamada exprés. O sea, la salida de España en un tiempo muy corto, sin derecho a pataleo y en muchos casos detenido en un CIE (Centro de Internamiento de Extranjeros) y no se podrá regresar en el plazo que así lo determinen las autoridades competentes, ni solicitar la residencia ni otras posibilidades de estancia.

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Raquel Pestana es nuestra Consultora de Migración e Integración de Inmigrantes, abogada luso venezolana,  Inpreabogado 69731.