El éxito del pasado domingo es indiscutible. Y la expresión de la Diáspora fue, como ya he comentado, indiscutible. Pero no queremos una nueva Lista Tascón.

Así, ha sido solicitada mi opinión sobre la sujeción de ese evento a la legislación española y comunitaria sobre protección de datos, y como la considero de interés público, la comparto con ustedes.

 

En primer lugar, debemos analizar la verdadera naturaleza de lo ocurrido, y pensar en Europa, dejando aparte los más obvios elementos de patriotismo y añoranza por la tierra que nos vio nacer.

Con esto quiero decir que fue organizado por venezolanos, para venezolanos, con presencia de observadores de los partidos políticos que aceptaron nuestras invitaciones, pero, estimados, al ser llevado a cabo en Europa, se debe objetivizarlo para adaptarlo al marco jurídico que nos rige, despojándolo de sus elementos subjetivos.

 

Se trató entonces de un acto de ejercicio de los derechos fundamentales de expresión y de reunión, en el cual una ingente cantidad de personas procedió a identificarse con su nombre completo, su número de Cédula de Identidad y firmó y colocó su huella digital en un cuaderno diseñado al efecto, a fin de expresar su adhesión o rechazo a una lista cerrada de preguntas. Debe además tomarse en cuenta que para que eso se celebrara, hubo que notificar a la autoridad gubernativa correspondiente, conforme a la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión.

 

Vemos entonces como se configura con claridad un tema de datos personales, recogidos en un conjunto estructurado, que tuvieron y tienen responsables del tratamiento que se da a esa información. Y eso hace aplicable de forma inmediata la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre, y obviamente, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD):

 

Artículo 2.1 “La presente Ley Orgánica será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado…”

 

Entiendo la prisa que hubo al organizar todo eso. Esfuerzo titánico, coronado por los centenares de miles de votos recogidos a lo largo de esta bolita azul. Pero no se advirtió a la gente sobre los derechos que, conforme a la legislación de cada país europeo donde se celebró la consulta, tiene sobre la protección de sus datos personales.

Y la guinda del pastel la conseguimos en la Directiva 95/46/CE:

 

Artículo 8.1: “Los Estados miembros prohibirán el tratamiento de datos personales que revelen el origen racial o étnico, las opiniones políticas..”

 

La única forma de evitar estar prohibición era un consentimiento expreso y por escrito, donde cada persona hubiera sido informada de sus derechos… Pero es que eso no se hizo. Sobre todo, porque como bien lo sabemos, se trató de un evento de naturaleza política, donde claramente todos los que participamos en el mismo expresamos nuestro rechazo a la dictadura que asola a la tierra que nos vio nacer:

 

“Solo con el consentimiento expreso y por escrito del afectado podrán ser objeto de tratamiento los datos de carácter personal que revelen la ideoogía…” (artículo 7.1 LOPD)

 

“Quedan prohibidos los ficheros creados con la finalidad exclusiva de almacenar datos de carácter personal que revelen la ideología…” (artículo 7.4 LOPD)

 

Cierro, entonces, el argumento. Nadie dio su consentimiento para que sus datos personales fueran posteriormente transmitidos a otro país. Y menos aún después del infausto recuerdo de la Lista Tascón. Y la oferta básica era que todo ese material sería destruido.

 

Así que mis respetos a los coordinadores de Puntos que se han negado a enviar la data a Caracas, y que han procedido a la destrucción de los Cuadernos. Lo única que hacía falta enviar eran los números. Las Actas.

Y mi más sentido exhorto a aquellos que aún no lo han hecho, lo hagan de forma pública y transparente. Eso solo mancha de dudas un día que fue de Patria y sentimiento de venezolanidad.

 

José Antonio Carrero Araujo es un abogado hispanovenezolano, inscrito como ejerciente en los Ilustres Colegios de Abogados de Santa Cruz de Tenerife (Nº 5189) y de Caracas (Nº 21071).