Vamos a estar claros. Te cogieron sin papeles. Conociste el talego.

No te encontrabas incurso en ninguna conducta delictiva. O lo que es lo mismo, no estabas haciendo nada malo. Cero drogas (ni siquiera dosis de consumo propio, y ojo, que esa es una mentira de los blogs), de repente pasado en el control de alcoholemia, y tampoco te peleaste o causaste lesiones.

Pero te pillaron movido. Con los papeles vencidos, o simplemente sin ellos. Así que además que si no fuera suficiente con el rollo en el que estás metido, el funcionario te notificó de la otra resolución, de la de expulsión.

 

Prioriza.

¿Quieres irte a Venezuela? Pues bueno, ya no tienes que pagar el boleto. Le dices al funcionario que te quieres ir. Vas a estar retenido hasta que te monten en el avión, y ya.

Y ahora, la que mi experiencia me dice, ni por error me regreso. Pues entonces te tienes que poner las pilas. Ya, más ayer que hoy, vas al Colegio de Abogados, muestras la propuesta de Resolución de Expulsión, y pides que te asignen un compañero del Turno, un abogado de oficio, siempre y cuando cumplas con los parámetros, por supuesto. O buscas a tu abogado de confianza. Tú decides, pero rápido.

 

Por el otro lado, ¿te quedó algo abierto? Pues poco más de lo mismo: abogado contigo. Y si no tienes nada que ver, o te absuelven en sentencia firme, solicita la cancelación de tus antecedentes (que ya hablaremos de ello en otro artículo) para que mantengas limpio el historial…

 

Vamos ahora a los detalles sueltos. Si cargabas tu pasaporte, te lo retuvieron. Vigente, vencido o por vencerse, no importa. Y si no lo tenías, te lo van a pedir y retener, para que te veas obligado a permanecer en España durante el transcurso del procedimiento. Además, si te presentan al Juzgado, y sales en libertad con cargos, puede que te ordenen presentarte en sede judicial con regularidad, semana a semana, o cada quincena: esas son las medidas cautelares que se adoptan en estos casos, de forma usual.

 

La autoridad policial te va a emitir un oficio donde te otorgan un NIE, número de identificación de extranjero, con el cual vas a poder seguir circulando y hacer trámites, pero que no implica de modo alguno autorización de trabajo, y menos aún tiempo de residencia legal. Vamos a ver: te cogieron movido, off the base, y punto pelota. Pero por algo se empieza. Ya tienes número de NIE, que puede resultar beneficioso si se gana el procedimiento, porque va a ser tu número mientras estés en España.

 

Si no lo he dicho, búscate un especialista. Pregúntale a los amigos. Que te recomienden a alguien. Verifica si es abogado de verdad en la webpage del Consejo General de la Abogacía Española, que demasiados vagabundos andan en la calle. Normalmente, el Letrado te va a pedir una provisión de fondos (adelanto de honorarios) para llevar tu caso. Si puedes, vale; y si no, pide un abogado al turno de oficio al Colegio de Abogados de tu Provincia.

 

Tranquilízate. El final del procedimiento termina siendo, normalmente, una sanción de multa, siempre y cuando no te hayan pillado en nada raro, y vas a tener que parir 501 euretes por lo menos.

El tema remanente de todo esto termina siendo el pasaporte, necesario para TODOS y cada uno de los trámites en Extranjería. Tan pronto como puedas, solicita su devolución para que no te quedes pescando.