En el aire solicitudes de nacionalidad y asilo. Estupor y asombro

NACIONALIDAD

Desde hace tiempo han venido vendiéndonos la moto a los abogados especialistas en Extranjería que el nuevo proceso electrónico para la solicitud de la nacionalidad española por residencia va a ser mucho más efectivo y expedito que el existente actualmente, que es llevado por los Registros Civiles a lo largo de toda España.

Y ha aquí que esa novedad entra en vigor en dos semanas, y con estupor hemos verificado, en primera persona, que a estas alturas no se sabe nada de cómo va a funcionar.

Las distintas webs de Extranjería, obviamente, tampoco han podido adelantar nada, salvo el tema del Instituto Cervantes y los test normalizados que el mismo impartirá sobre conocimientos constitucionales, culturales y sociales de España, y el manejo del español a un nivel DELE A2, y que los iberoamericanos estamos exentos de presentar esa prueba de español. Y poco más. El resto son especulaciones.

Y si en esa onda nos ponemos, vamos a ver…

  • ¿Los Registros Civiles seguirán procesando estas solicitudes?
  • Como en el caso de los sefardíes, ¿se habilitará un portal especial en la web del Ministerio de Justicia para la solicitud y carga de la documentación?
  • El funcionario público o trabajador de Notaría que va a conocer sobre la idoneidad de la documentación presentada, ¿está capacitado? ¿Sabe distinguir entre un cónyuge de español, un iberoamericano, o un refugiado? Y es solo por hablar de los supuestos más simples del Código Civil…
  • Tomando la experiencia del Plan Intensivo de Nacionalidad, cuando trasladaron por un simple convenio entre el Ministerio de Justicia y el Colegio de Registradores de España, ¿vamos a tener otro aluvión de denegaciones por motivos baladíes?

La palabra mínima, amigos, es estupor. A día de hoy, los Jueces encargados de los Registros Civiles nada saben y, por supuesto, menos aún los funcionarios. Hoy se lo pregunté a dos funcionarios de dos Registros Civiles diferentes, y la respuesta fue clavada: letrado, no nos enteramos. Vaya vaya…

 

ASILO

Informaciones off the record recogidas en algunos organismos nos permiten hacer un nuevo avance en el tratamiento dado a las solicitudes presentadas por venezolanos:

  • En efecto, Pradillo 40 (donde se mueve el cotarro de verdad) ha admitido varias solicitudes a trámite. Todas ellas justificadas.
  • La solicitud ha de estar muy bien documentada y presentada, bajo el riesgo de que la misma no sea admitida a trámite y se disponga la salida voluntaria del solicitante del Territorio Español. Lo dicho, esto no es Miami.
  • Los casos de persecución han de ser suficientemente individualizados. No basta con hablar de violación de los DDHH, sino haberla sufrido y, además, probarlo.
  • Las fotografías son tomadas como simples indicios, debido a los avances en su manipulación.
  • Muchos de los funcionarios instructores de los expedientes conoce perfectamente lo que ocurre en Venezuela. Pero hay un pacto tácito para no decidir los expedientes otorgando el estatus de refugiado, ya que hay mucha presión para que las solicitudes sean negadas.
  • Recordemos que la emigración española cuando Pérez Jiménez y cuando CAP, más los graneados en esos años, fue muy numerosa. No deja de asombrarme la cantidad de gente aquí que, por activa o por pasiva, tienen abuelos, tíos, sobrinos o primos (o lo que sea familia) en Venezuela. Así que no hay que alargar el cuento, y menos aún inventar.
  • No se considera que Venezuela sea una zona de conflicto, por mucho que sepamos todo lo que allá se sufre. Pareciera que Moncloa sufre de una severa sordera al respecto. Y ni hablar si la próxima legislatura gobierna cualquiera de los partidos que no condenan a la robolución, pasan de ella o la apoyan abiertamente. Ojo pelao.

¿Mis recomendaciones? Si se puede elegir, el asilo sigue siendo, con mucho, la peor opción para quedarse en España: esta situación jurídica requiere de un desespero absoluto, mucho miedo a regresar y el cumplimiento de requisitos muy estrictos.

Y que nadie se olvide que la admisión a trámite de la solicitud de asilo significa residencia por seis meses, sin autorización de trabajo, pero con retirada del pasaporte. O sea, que estás preso en España. Si le pasa algo a tu familia, si por A o por B debes ir a Venezuela, se entiende que has renunciado al trámite, y la eventual protección internacional.

Solo podrás solicitar autorización de trabajo después del primer semestre. Así que te tienes que buscar la vida en ese lapso. Y el presupuesto del Estado no está por la labor.

Así que no te dejes deslumbrar por ninguno de los rumores de las redes sociales. Se habla demasiado, y las experiencias no son contrastadas.

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